- ES 29067 AHCOEM-D400-404-404.1-Circulares
- Unidad documental simple
- 19660210
Parte deArchivo Histórico del Colegio Oficial de Enfermería de Málaga
Circular 2/66. SEGURO OBLIGATORIO DE ENFERMEDAD
Se informa de la entrevista que ha tenido el Consejo Nacional con el Director General de Previsión D. Rafael Cabello Alba y Gracia, junto con el Delegado y el Subdelegado.
En dicha reunión, se ha informado de que los Practicantes del SOE, sin distinción del cuerpo de asegurados que se tenga asignado, percibirá 7000 pesetas de retribución complementaria anual.
Así mismo, se informa de que, si el asegurado del SOE se encuentra fuera de su localidad, los beneficiarios percibirán el 100% de lo asignado a la cartilla (no el 50% como ocurría hasta la fecha).
Entre otras cuestiones, también se informa de que el Consejo Nacional tendrá uno o más puestos en las Comisiones que traten temas importantes para los Practicantes del SOE.
Consejo Nacional de Auxiliares Sanitarios. Sección Practicantes-ATS